Las tiendas de barrio y los templos religiosos podrán funcionar hasta las 20 horas, pero no hay restricciones de horario para los bares y centros nocturnos.

José Racancoj/La Prensa de Occidente
El Ministerio de Salud publicó este viernes en el diario oficial el Acuerdo Ministerial 95-2021 con disposiciones para la contención de la pandemia en el país.
En ella se modifican horarios de atención en lugares como mercados, centros comerciales, supermercados, tiendas de barrios y templos religiosos.
También se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en todo momento y lugar, y el aforo en cada establecimiento se debe regular de acuerdo al Tablero de Regulaciones según la Alerta Sanitaria.
Estas son las principales disposiciones:
- Permanencia en los parques públicos y municipales es permitida hasta las 19 horas.
Mercados municipales, cantonales y satelitales funcionarán de 5 a 19 horas. - Templos religiosos no podrán funcionar después de las 20 horas.
- Centros y plazas comerciales, así como supermercados y tiendas de conveniencia, funcionarán hasta las 21 horas.
- Las tiendas de barrio deberán cerrar a las 20 horas.
- Restaurantes, bares y centros nocturnos no tienen horario límite. Solo se indica que deben respetar el aforo y las medidas de bioseguridad.
- Funerales masivos continúan con restricciones.
- Conciertos y eventos masivos quedan limitadas a la autorización de las autoridades competentes en horarios que no supere las 21 horas.
- Se permiten ferias comunales, municipales y de barrios en horario que no supere las 21 horas. Pero no están permitidas fiestas, conciertos y elecciones de reina en municipios en alerta roja o anaranjada.